¿Qué documentos necesito para acogerme a la Ley de Segunda Oportunidad?

febrero 24, 2023 2ª Oportunidad

¿Has oído hablar de la Ley de Segunda Oportunidad en España? Esta herramienta jurídica permite a personas naturales, autónomos y empresarios insolventes afrontar sus deudas y tener una nueva oportunidad para emprender. Pero para acogerse a ella, es necesario cumplir ciertos requisitos y presentar una serie de documentos. En este artículo, te contamos cuál es la documentación necesaria en la Ley de Segunda Oportunidad en España y las ventajas que ofrece la nueva ley.

¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?

La Ley de Segunda Oportunidad es una herramienta legal que busca dar a las personas naturales, autónomos y empresarios insolventes una salida a sus deudas, con el objetivo de que puedan reorganizar su economía y recuperar su estabilidad financiera. Esta ley fue actualizada en 2022, haciéndola todavía más accesible y ágil. La Ley de Segunda Oportunidad es una alternativa para aquellas personas que han visto su vida limitada por las deudas, y que buscan una nueva oportunidad para salir adelante. A continuación, te contamos los requisitos y la documentación necesaria para acogerse a esta ley y las ventajas que ofrece.

Requisitos y documentación necesaria en la Ley de Segunda Oportunidad

Para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, es necesario cumplir ciertos requisitos y presentar una serie de documentos que acrediten la situación personal y económica del deudor.

REQUISITOS:

  • Tener más de un acreedor
  • Tener una insolvencia actual o inminente

Documentación de identificación

La documentación necesaria se agrupa en varias categorías. En primer lugar, se requiere una documentación de identificación, que incluye una copia del DNI, el libro de familia, el certificado de nacimiento y el certificado de empadronamiento y los antecedentes penales.

Documentación laboral

También se debe presentar una documentación laboral, como el certificado de vida laboral, el certificado de ingresos (que incluye las nóminas, prestaciones por desempleo, ayudas sociales, entre otros) y las tres últimas declaraciones de la renta o certificado de no tener la obligación de hacerla.

Si eres autónomo, además de los documentos anteriores, se deben presentar otros documentos, como el pago de autónomos, el alta o baja en el impuesto sobre actividades económicas (IAE), las declaraciones de impuestos del año en curso y de los dos años anteriores (modelo 130 para el IRPF y modelo 303 para el IVA) y el balance de ejercicios en los que se reflejen los gastos e ingresos.

Documentación de estado civil

Además, es importante presentar la documentación de estado civil, como la sentencia de divorcio (en caso de estar divorciado) o las capitulaciones matrimoniales o certificado de matrimonio.

Documentación de propiedades

La documentación de propiedades también es relevante. Se deben presentar los documentos del vehículo, el certificado del registro de bienes muebles, el certificado del registro de bienes inmuebles, el registro de índices, el certificado catastral, el certificado del plan de pensiones, los certificados de los productos financieros, como acciones, y los certificados de las titularidades de las cuentas y/o extracto bancario de los últimos 3 años. Es decir, todo bien en el que sea titular/ cotitular debe aportarse un documento que lo pruebe.

Documentación de deudas

Por último, se requiere una documentación de deudas, que incluye el certificado de deuda actualizado, copias de los contratos, copias de los emails enviados a los acreedores, copias de las cartas y reclamaciones enviadas por los acreedores y el informe emitido por los Registros de Morosidad, como Cirbe o Asnef. Es fundamental conocer al detalle a todos tus acreedores y la cantidad de deuda que tienes con ellos.

Es importante recordar que esta es la documentación necesaria general, pero en algunos casos puede haber otros documentos específicos que se deban presentar. Con esta documentación, la cual te ayudamos a recopilar, elaboraremos la demanda para poder presentarla en el juzgado bajo la intervención del procurador y el abogado.

Si tienes dudas, siempre puedes ponerte en contacto con nuestros abogados especializados en la Ley de Segunda Oportunidad.

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Ventajas de la nueva Ley de Segunda Oportunidad

La nueva Ley de Segunda Oportunidad trae consigo varias novedades que complementan la ley concursal preexistente para personas físicas. Entre las ventajas se encuentra la simplificación del proceso, la doble modalidad de exoneración, la duración del plan de pagos, la limitación de la exoneración y la protección a través de la exención de deudas a la Agencia Tributaria y Seguridad Social. La duración del plan de pagos será de 3 años, excepto en casos concretos para evitar la pérdida de la vivienda habitual. Quedan excluidos de la exoneración ciertos créditos como deudas por alimentos y manutención, sanciones administrativas graves y créditos contra la masa. La modificación más importante es la exoneración de deudas a la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, quedando topada en 10.000 €.

Es importante destacar que NO podrán solicitar el perdón de las deudas, salvo que hayan pagado la responsabilidad derivada del delito y/sanción:

  • Las personas con antecedentes penales de delitos socioeconómicos en los últimos 10 años.
  • Las personas que hubieran sido sancionadas por resolución administrativa firme por infracciones tributarias muy graves, de seguridad social o del orden social, o cuando en el mismo plazo se hubiera dictado acuerdo firme de derivación de responsabilidad, en los últimos 10 años.

En resumen, la nueva Ley de Segunda Oportunidad es una herramienta valiosa para aquellas personas que se encuentran en situación de insolvencia. Si estás en esta situación, es relevante que sepas que existen alternativas legales para salir de la situación de endeudamiento.

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